Orden 460/2023: normativa de evaluación de Infantil en la Comunidad de Madrid
Desarrolla la evaluación del alumnado de Educación Infantil: carácter global, continuo y formativo, momentos e instrumentos de la evaluación, documentos e informes, e información a las familias.
Título oficial
Orden 460/2023, de 17 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid
- Ámbito
- Evaluación en Infantil
- Territorio
- Comunidad de Madrid
- Boletín oficial
- BOCM
- En el catálogo de Opositor AI
- Vigente, revisado el 29 de septiembre de 2026
Cómo se cita la Orden 460/2023 en la oposición
Es la norma que sostiene la parte de evaluación de un supuesto de Infantil, junto con el decreto de currículo de la etapa. Cítala al decidir qué observas, con qué instrumentos y cómo informas a la familia.
El error que más resta no es dejarse una norma: es citarla en bloque al principio del tema y no volver a usarla. Cada vez que tomas una decisión (una medida, un criterio de evaluación, un agrupamiento), di de qué artículo sale. Eso es lo que separa un tema correcto de uno notable.
Lo que conviene saber de la normativa en la Comunidad de Madrid
- Madrid llama "atención a las diferencias individuales" (Decreto 23/2023) a lo que otras comunidades llaman inclusión o diversidad. Usar su nombre exacto cuenta.
- La Orden 130/2023 (Primaria) y la Orden 460/2023 (Infantil) reúnen organización, evaluación y autonomía pedagógica de cada etapa: son las normas de referencia para casi cualquier supuesto madrileño.
- Madrid no tiene reglamento orgánico propio de escuelas y colegios: se aplica de forma supletoria el Real Decreto 82/1996 (estatal, publicado en el BOE), que es el que ordena órganos de gobierno y de coordinación docente.
- Desde el 25 de julio de 2025 rige el Decreto 64/2025: en Infantil y Primaria el alumnado no puede trabajar de forma individual con dispositivos digitales, el uso compartido tiene un tope semanal (en Primaria, una hora en el primer ciclo, hora y media en el segundo y dos como máximo en el tercero) y no se pueden programar tareas evaluables fuera del horario escolar que exijan usarlos. El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo queda fuera de esos límites cuando lo recoge su informe psicopedagógico o médico (artículo 4.6). Hay más excepciones: se permite el uso individual o compartido en las materias optativas, áreas o proyectos integrados que completen la oferta formativa del centro y en los programas institucionales de la Consejería, cuando los dispositivos hagan falta para adquirir las competencias específicas (artículo 4.5). Además, los centros que ya tenían implantado un proyecto con uso individual de dispositivos disponen del curso 2026-2027 para adaptarse del todo, sin incorporar nuevos cursos o grupos a ese proyecto y reduciendo las horas y las áreas con uso individual (disposición adicional primera).
Última convocatoria: Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades (BOCM n.º 36, de 12 de febrero de 2026), con 685 plazas, ampliadas a 1.756 por la Resolución de 28 de mayo de 2026 (BOCM n.º 135, de 9 de junio de 2026).
El resto de la normativa en la Comunidad de Madrid
Especialidades a las que afecta en la Comunidad de Madrid
Preguntas sobre Orden 460/2023
¿Qué es la Orden 460/2023?
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La Orden 460/2023 regula la evaluación del alumnado de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid. Su título completo es: Orden 460/2023, de 17 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid.
¿Hay que citar la Orden 460/2023 en el tema o en el supuesto?
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Es la norma que sostiene la parte de evaluación de un supuesto de Infantil, junto con el decreto de currículo de la etapa. Cítala al decidir qué observas, con qué instrumentos y cómo informas a la familia.
¿Sigue vigente la Orden 460/2023 en la Comunidad de Madrid?
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En el catálogo de normativa con el que corrige Opositor AI, revisado contra los boletines oficiales el 29 de septiembre de 2026, esta norma figura como vigente en la Comunidad de Madrid. Aun así, antes de citarla en el examen comprueba la versión consolidada en el BOCM: las modificaciones parciales son frecuentes y el tribunal espera la redacción actual.
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