Tema 11 de Primaria: ciudadanía y Valores Cívicos y Éticos
Cómo preparar el tema 11 de las oposiciones de Primaria: de Educación para la ciudadanía a Educación en Valores Cívicos y Éticos, enfoque, competencias y propuestas de aula.
Lo que ha cambiado desde tu temario · 4 puntos
El temario es de 2007. Si estudias con uno antiguo, revisa esto antes de escribir el tema.
- El área del título ya no existe: Educación para la ciudadanía desapareció en 2014. Desde 2022 se cursa Educación en Valores Cívicos y Éticos, para todo el alumnado y en alguno de los cursos del tercer ciclo (LOE, art. 18.3, redacción de la LOMLOE; Real Decreto 157/2022, art. 8.2).
- No es Valores Sociales y Cívicos ni la atención educativa: aquella área de la LOMCE, alternativa a Religión, está derogada, y la atención educativa no puede incluir contenidos de ninguna área (Real Decreto 157/2022, disposición derogatoria única y disposición adicional primera.3).
- El área ya no tiene objetivos propios: tiene cuatro competencias específicas, once criterios para el tercer ciclo y tres bloques de saberes, uno de ellos nuevo: «Desarrollo sostenible y ética ambiental» (Real Decreto 157/2022, anexo II).
- La «competencia social y ciudadana» de 2006 es hoy la competencia ciudadana, una de las ocho competencias clave; el área contribuye a varias, con la ciudadana en el centro (Real Decreto 157/2022, art. 9 y anexo I).
Material de consulta elaborado por el equipo de Opositor AI. Normativa comprobada en el BOE en octubre de 2026. No es un tema para memorizar: es la base para que construyas el tuyo con tu propia redacción.
1. Título oficial y orden que lo aprueba
Tema 11. El área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos en la Educación primaria: enfoque, características y propuestas de intervención educativa. Contribución del área al desarrollo de las competencias básicas. Objetivos, contenidos, y criterios de evaluación: aspectos más relevantes. Relación con otras áreas del currículo.
- Norma que aprueba el temario: Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE n.º 64, de 15 de marzo de 2007).
- Por qué sigue vigente: la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, declara aplicable a Primaria, en su artículo 1.b), «El temario establecido por la Orden ECI/592/2007». Los temarios de 2011 (Orden EDU/3136/2011) no llegaron a aplicarse.
- ¿Hay temario nuevo? No, en octubre de 2026. El Ministerio y los sindicatos negocian desde el verano de 2026 una reforma del acceso a la función docente que incluye renovar los temarios, pero no hay ninguna orden nueva publicada en el BOE para el Cuerpo de Maestros. Revisa el título antes de cada convocatoria.
El área del título ya no existe con ese nombre: la equivalencia
Este es el tema del temario de Primaria en el que el desfase normativo es más visible. El área de «Educación para la ciudadanía y los derechos humanos» se creó en 2006, desapareció en 2014 y su lugar lo ocupa hoy, desde 2022, un área distinta en el nombre y en buena parte del enfoque: Educación en Valores Cívicos y Éticos. El tribunal sabe que no puedes examinarte de un área derogada. Lo que espera es que expliques la equivalencia en pocas líneas y desarrolles el tema con el currículo vigente.
| Periodo | Ley y currículo | Área | Quién la cursa | Rasgos |
|---|---|---|---|---|
| 2006-2014 | LOE original (art. 18.3) y Real Decreto 1513/2006 | Educación para la ciudadanía y los derechos humanos | Todo el alumnado, en uno de los cursos del tercer ciclo | Área nueva, con 50 horas de enseñanzas mínimas en el ciclo, ocho objetivos de área, tres bloques de contenidos y siete criterios de evaluación. Especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres. |
| 2014-2022 | LOMCE y Real Decreto 126/2014 (derogado) | Valores Sociales y Cívicos | Solo quien no elegía Religión, en todos los cursos | Desaparece la Educación para la ciudadanía. Valores Sociales y Cívicos funciona como alternativa a Religión «a elección de los padres, madres o tutores legales» (Real Decreto 126/2014, art. 8.3.b), con estándares de aprendizaje evaluables. |
| Desde 2022 | LOE modificada por la LOMLOE (art. 18.3) y Real Decreto 157/2022 | Educación en Valores Cívicos y Éticos | Todo el alumnado, en alguno de los cursos del tercer ciclo | Vuelve a ser un área para todos, en un solo curso, con 50 horas de enseñanzas mínimas en el tercer ciclo (anexo IV). Cuatro competencias específicas, once criterios de evaluación y tres bloques de saberes. |
Las dos normas que fijan la equivalencia, citadas literalmente:
- LOE, art. 18.3, redacción original de 2006: «En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá la de educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.»
- LOE, art. 18.3, redacción vigente (LOMLOE): «A las áreas incluidas en el apartado anterior, se añadirá en alguno de los cursos del tercer ciclo la Educación en Valores cívicos y éticos. En esta área se incluirán contenidos referidos a la Constitución española, al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, a la igualdad entre hombres y mujeres, al valor del respeto a la diversidad y al valor social de los impuestos, fomentando el espíritu crítico y la cultura de paz y no violencia.»
Compara las dos redacciones y tendrás la mejor introducción posible al tema: los derechos humanos y la igualdad se mantienen; se añaden la Constitución, los derechos de la infancia, la sostenibilidad, la ciudadanía mundial, la diversidad, los impuestos, el espíritu crítico y la cultura de paz; y el nombre pasa de «ciudadanía» a «valores cívicos y éticos», con un peso mucho mayor de la reflexión ética, la autonomía moral, la educación emocional y la ética ambiental.
Un título de 2007 leído con la normativa de hoy
| Lo que dice el título (2007) | Lo que hay hoy (LOMLOE y Real Decreto 157/2022) | Cómo tratarlo en el tema |
|---|---|---|
| «Educación para la ciudadanía y los derechos humanos» | Educación en Valores Cívicos y Éticos (LOE, art. 18.3; Real Decreto 157/2022, art. 8.2 y anexo II). | Usa el nombre actual. En la introducción, una o dos frases de equivalencia; en el epígrafe de evolución, la tabla anterior resumida. |
| «competencias básicas» | Competencias clave (Real Decreto 157/2022, art. 2.b y art. 9), con descriptores operativos al terminar la Primaria (anexo I). En 2006, el área se relacionaba «directamente con la competencia social y ciudadana»; hoy, sobre todo, con la competencia ciudadana (CC). | Aclara el cambio al empezar ese epígrafe y trabaja con los descriptores que el anexo II conecta con cada competencia específica. |
| «Objetivos» del área | El Real Decreto 157/2022 no fija objetivos de área: hay objetivos de etapa (art. 7) y competencias específicas del área (anexo II). En 2006 había ocho objetivos de área. | Trata los objetivos de etapa vinculados (a, c, d, m) y explica que las cuatro competencias específicas cumplen hoy la función de los antiguos objetivos de área. |
| «contenidos» | Saberes básicos (art. 2.e), en tres bloques. | Usa «saberes básicos» y presenta los tres bloques. |
| «Criterios de evaluación» | Siguen existiendo, vinculados a cada competencia específica. Como el área se cursa en un solo curso, hay un único juego de once criterios para el tercer ciclo. | Selecciona los más representativos y explica cómo se evalúan las competencias, no las opiniones. |
2. Qué pide realmente el enunciado
El título tiene cuatro partes, y un tribunal las va a buscar por separado:
| Parte del enunciado | Qué tienes que demostrar | Peso orientativo |
|---|---|---|
| «El área […]: enfoque, características y propuestas de intervención educativa» | Que sabes qué es el área hoy y de dónde viene (equivalencia), cuál es su enfoque (autonomía moral, ciudadanía democrática, ética ambiental, educación emocional) y cómo se enseña: dilemas, diálogo filosófico, asambleas, cooperación, mediación, proyectos cívicos, con curso y actividad. | 35-40 % |
| «Contribución del área al desarrollo de las competencias básicas» | La contribución a las ocho competencias clave, con la competencia ciudadana en el centro y apoyada en los descriptores que el anexo II conecta con cada competencia específica. | 15-20 % |
| «Objetivos, contenidos, y criterios de evaluación: aspectos más relevantes» | Objetivos de etapa vinculados, las cuatro competencias específicas, los tres bloques de saberes y los criterios seleccionados con criterio. | 25-30 % |
| «Relación con otras áreas del currículo» | Conexiones concretas con cada área (sobre todo Conocimiento del Medio, Lengua y Educación Física), con la tutoría y el plan de convivencia, y una propuesta interdisciplinar. | 10-15 % |
Introducción y conclusión: en torno a un 10 % en conjunto. Los porcentajes son una recomendación nuestra para equilibrar el tiempo, no un criterio oficial.
Matices que marcan la diferencia:
- «Y los derechos humanos». Aunque el área actual no los lleve en el nombre, siguen en el centro: la LOE habla del «conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia», la competencia específica 2 remite a la Declaración de los Derechos Humanos y uno de los saberes es «Los derechos humanos y de la infancia y su relevancia ética». No dejes que el cambio de nombre haga desaparecer esta parte del título.
- «En la Educación primaria». El área se cursa en un solo curso del tercer ciclo, pero la educación en valores recorre toda la etapa: el Real Decreto 157/2022 pide atención especial a «la educación emocional y en valores» (art. 6.6) y trabajar desde todas las áreas la igualdad, la educación para la paz y el consumo responsable (art. 6.5). Un buen tema explica qué se hace antes de 5.º o 6.º (tutoría, asambleas, Conocimiento del Medio) y qué aporta el área cuando llega.
- El título copia la estructura del currículo de 2006. En el anexo II del Real Decreto 1513/2006, el área se presentaba con una introducción, el apartado «Contribución del área al desarrollo de las competencias básicas», unos objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación. El enunciado recorre ese orden. Respóndelo con los elementos actuales.
- «Aspectos más relevantes». El anexo II del área es corto: puedes presentarlo casi completo, pero seleccionando, agrupando y explicando, no copiando.
- Un área sensible. Es la única cuyo objeto son los valores: el tribunal valorará que distingas entre educar en los valores constitucionales y adoctrinar en cuestiones controvertidas (ver 4.3).
3. Índice recomendado
- Introducción
- Del área de Educación para la ciudadanía a la Educación en Valores Cívicos y Éticos
- 2.1. Evolución: 2006, 2014 y 2022
- 2.2. Marco normativo y fundamentos
- Enfoque y características del área
- 3.1. Enfoque
- 3.2. Características
- Propuestas de intervención educativa
- 4.1. Principios metodológicos y estrategias
- 4.2. Situaciones de aprendizaje
- 4.3. Antes del tercer ciclo: la educación en valores en toda la etapa
- 4.4. Atención a las diferencias y evaluación
- Contribución del área al desarrollo de las competencias clave
- Objetivos, saberes básicos y criterios de evaluación: aspectos más relevantes
- 6.1. Objetivos de etapa y competencias específicas
- 6.2. Saberes básicos
- 6.3. Criterios de evaluación
- Relación con otras áreas del currículo
- Conclusión
- Bibliografía y referencias normativas
Variante válida: alterar el orden del título, que es el que sigue el índice recomendado, y colocar el epígrafe 6 (objetivos, saberes y criterios) antes que el 4 (intervención). Otra opción, muy defendible en este tema, es titular el epígrafe 2 con el nombre del enunciado («El área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos y su continuidad en la Educación en Valores Cívicos y Éticos»), para que el tribunal vea a primera vista que respondes al título y que lo actualizas.
4. Desarrollo de cada epígrafe
4.1. Introducción
Ideas clave
- La escuela no puede ser neutral ante la convivencia: forma personas que van a vivir en una sociedad democrática y plural. La propia Constitución fija el sentido de la educación.
- La educación en valores no es solo un área: es un principio del sistema, una dimensión de todas las áreas y una práctica de la vida del centro. El área es el espacio donde esa educación se hace explícita, se piensa y se argumenta.
- Explica aquí la equivalencia (Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, hoy Educación en Valores Cívicos y Éticos) en una o dos frases.
Normativa que puedes citar (verificada en el BOE)
- Constitución Española, art. 27.2: «La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». Es el fundamento último del área.
- LOE, art. 1.c): entre los principios del sistema, «La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia».
- LOE, art. 18.3 y Real Decreto 157/2022, art. 8.2: el área en el tercer ciclo.
- Real Decreto 157/2022, anexo II: el área parte de que «La educación en valores constituye la base fundamental para el ejercicio crítico y responsable de la ciudadanía y para la educación integral de las personas».
- Decreto autonómico de currículo de Primaria (ver apartado 8).
Aplicación al aula para abrir con fuerza
Arranca con una escena real: en el patio de 5.º, un grupo decide que «las niñas no juegan al fútbol» y otro alumno se queda siempre sin equipo. Ahí están casi todos los saberes del área: normas, justicia, igualdad, empatía, autoestima y resolución de conflictos. El área no consiste en explicar qué está bien, sino en que el alumnado aprenda a pensarlo, a argumentarlo y a actuar en consecuencia.
4.2. Del área de Educación para la ciudadanía a la Educación en Valores Cívicos y Éticos
4.2.1. Evolución: 2006, 2014 y 2022
Ideas clave
- 2006: una novedad del currículo. La LOE original situaba en su preámbulo «la preocupación por la educación para la ciudadanía en un lugar muy destacado del conjunto de las actividades educativas» y aclaraba que sus contenidos «no pueden considerarse en ningún caso alternativos o sustitutorios de la enseñanza religiosa». El Real Decreto 1513/2006 la desarrolló en el anexo II con un recorrido que, en sus propias palabras, «va de lo individual a lo social», en tres bloques: «Individuos y relaciones interpersonales y sociales», «La vida en comunidad» y «Vivir en sociedad». Se inspiraba expresamente en la Recomendación (2002)12 del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre educación para la ciudadanía democrática.
- Una materia discutida. La implantación de la Educación para la ciudadanía generó un intenso debate social y judicial. El Tribunal Supremo, en cuatro sentencias del Pleno de la Sala Tercera de 11 de febrero de 2009, rechazó que existiera un derecho a la objeción de conciencia frente a la materia, y advirtió a la vez de que su legalidad no autoriza a la Administración ni a los docentes a imponer puntos de vista sobre cuestiones morales controvertidas en la sociedad española. No hace falta entrar en la polémica: basta con extraer la consecuencia didáctica, que es la neutralidad ante lo controvertido (ver 4.3).
- 2014: desaparición. La LOMCE suprimió el área. El Real Decreto 126/2014 creó Valores Sociales y Cívicos, área específica alternativa a Religión, con tres bloques («La identidad y la dignidad de la persona», «La comprensión y el respeto en las relaciones interpersonales» y «La convivencia y los valores sociales») y estándares de aprendizaje evaluables. Ese real decreto está derogado (Real Decreto 157/2022, disposición derogatoria única).
- 2022: recuperación con otro enfoque. La LOMLOE añade en el tercer ciclo la Educación en Valores Cívicos y Éticos, para todo el alumnado. La alternativa a Religión es otra cosa: la «debida atención educativa», cuyas actividades, dice el Real Decreto 157/2022, «en ningún caso comportarán el aprendizaje de contenidos curriculares asociados al conocimiento del hecho religioso ni a cualquier área de la etapa» (disposición adicional primera.3). No confundas las dos.
Qué se mantiene y qué cambia
| Se mantiene desde 2006 | Es nuevo en 2022 |
|---|---|
| Área para todo el alumnado, en un curso del tercer ciclo, con 50 horas de enseñanzas mínimas | Enfoque competencial: competencias específicas, criterios ligados a ellas y saberes básicos |
| Derechos humanos, derechos de la infancia y Constitución | Bloque propio de ética ambiental y desarrollo sostenible («Desarrollo sostenible y ética ambiental») |
| Igualdad entre mujeres y hombres | Educación emocional como competencia específica (CE4) |
| Convivencia, participación, diversidad, servicios públicos, protección civil, seguridad y defensa al servicio de la paz | Reflexión ética explícita: autonomía y heteronomía moral, el ser y el deber ser, los valores y las virtudes |
| Uso sistemático del diálogo y el debate | Uso crítico de medios y redes, ciberacoso, conductas adictivas, educación afectivo-sexual |
4.2.2. Marco normativo y fundamentos
Normativa vigente
- LOE, art. 18.3: contenidos del área (citado en el apartado 1).
- Real Decreto 157/2022, art. 8.2: «A las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá en alguno de los cursos del tercer ciclo la Educación en Valores Cívicos y Éticos». La comunidad autónoma decide si es 5.º o 6.º (ver apartado 8).
- Real Decreto 157/2022, anexo IV: 50 horas de enseñanzas mínimas en el tercer ciclo y 0 en los dos primeros.
- LOE, disposición adicional cuadragésima primera, «Valores que sustentan la democracia y los derechos humanos y prevención y resolución pacífica de conflictos»: obliga a atender en el currículo de la educación básica a la igualdad, la no discriminación, la prevención de la violencia de género y del acoso escolar, la historia de la democracia en España y el respeto a otras culturas, en particular la del pueblo gitano.
- LOE, art. 124.1 y Ley Orgánica 8/2021 (LOPIVI), art. 31.1: plan de convivencia del centro, que incluye la «promoción del buen trato y resolución pacífica de conflictos». LOPIVI, art. 35: coordinador o coordinadora de bienestar y protección.
Fundamentos internacionales
- Declaración Universal de Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948). La Constitución manda interpretar los derechos fundamentales de conformidad con ella (art. 10.2).
- Convención sobre los Derechos del Niño (1989; instrumento de ratificación de España publicado en el BOE n.º 313, de 31 de diciembre de 1990). Su art. 29.1.b) dice que la educación del niño deberá estar encaminada a «Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales»; su art. 12.1 reconoce el derecho del niño a «expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño»; y su art. 42 obliga a los Estados a dar a conocer la Convención «tanto a los adultos como a los niños». La LOE la incorpora como primer principio del sistema (art. 1.a).
- Consejo de Europa: Recomendación (2002)12, citada en el currículo de 2006, y Carta sobre la Educación para la Ciudadanía Democrática y la Educación en Derechos Humanos (Recomendación CM/Rec(2010)7, de 11 de mayo de 2010). En 2018 publicó el Marco de referencia de competencias para la cultura democrática, con veinte competencias agrupadas en valores, actitudes, destrezas y conocimiento y comprensión crítica.
- UNESCO y Agenda 2030: la meta 4.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible incluye la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial; la UNESCO publicó en 2015 Educación para la ciudadanía mundial: temas y objetivos de aprendizaje. La LOMLOE (disposición adicional sexta) establece que esta educación «se tendrá en cuenta en los procesos de formación del profesorado y en el acceso a la función docente». Es decir: en tu oposición.
Aplicación al aula: en la primera sesión del área (5.º o 6.º), cada alumno escribe en un papel una norma que cambiaría del colegio y por qué. Se leen de forma anónima, se clasifican (seguridad, justicia, comodidad, respeto) y se pregunta: «¿Qué normas son justas aunque no nos gusten?». Es una evaluación inicial de su razonamiento moral y la puerta al bloque B.
4.3. Enfoque y características del área
4.3.1. Enfoque
Ideas clave (todas del anexo II del Real Decreto 157/2022, introducción del área)
- Doble finalidad: ciudadanía y educación integral. Compromiso activo y autónomo con los valores, principios y normas de la convivencia democrática, y formación intelectual, moral y emocional para reflexionar sobre los grandes retos del presente.
- Cuatro ámbitos competenciales. El área comprende «cuatro ámbitos competenciales fundamentales»: autoconocimiento y autonomía personal; marco social de convivencia y valores democráticos; sostenibilidad e interdependencia y ecodependencia con el entorno; y educación de las emociones, más transversal.
- Dos niveles integrados. Cada ámbito se despliega en un nivel teórico, «dirigido a la comprensión significativa de conceptos y cuestiones relevantes», y otro práctico, «orientado a promover, desde la reflexión y el diálogo crítico, conductas y actitudes acordes con determinados valores éticos y cívicos». No basta con saber qué es la justicia: hay que actuar con justicia en el aula.
- Coherencia entre método y valores. El anexo II pide que el desarrollo de las competencias, la evaluación, la enseñanza de los saberes y el diseño de las situaciones de aprendizaje estén «metodológicamente orientados en función de principios coherentes con los valores que se pretenden transmitir en el área». No se enseña democracia con métodos autoritarios ni diálogo sin dejar hablar.
- Autonomía moral como meta. Las orientaciones del Ministerio para Ceuta y Melilla lo dicen sin rodeos: «El fin fundamental de la educación en valores cívicos y éticos es el desarrollo de la autonomía moral del alumnado» (Orden EFP/678/2022, anexo II). Es la idea de Piaget (1932): el paso de la moral heterónoma, basada en la autoridad, a la autónoma, basada en el acuerdo y la cooperación.
- Ciudadanía global. El área debe promover «una ciudadanía global, consciente, libre, participativa y comprometida con los retos del siglo XXI».
Educar en valores sin adoctrinar. Es el punto delicado del área y conviene abordarlo de frente. La Orden EFP/678/2022 (anexo II, «Estilo docente»), que regula el currículo en Ceuta y Melilla y sirve de referencia para todos, pide al docente un estilo coherente con los valores del área «a la par que se exhibe una actitud lo más neutral posible en torno a los problemas éticos que exigen una toma de posición por parte de los alumnos y las alumnas». La distinción práctica es:
- No hay neutralidad ante los valores que fundan la convivencia: dignidad humana, derechos humanos, igualdad, rechazo de la violencia y de la discriminación. Son los de la Constitución y los tratados.
- Sí hay neutralidad ante las cuestiones en las que personas razonables discrepan. Ahí el maestro presenta las distintas posturas y sus argumentos, y evalúa la calidad del razonamiento, no la conclusión.
Autores y cómo citarlos
| Autor | Aportación concreta | Cómo citarlo en el tema |
|---|---|---|
| John Dewey | La democracia como forma de vida asociada, que la escuela debe practicar y no solo explicar. | (Dewey, 1916). Traducción de Lorenzo Luzuriaga, reeditada por Morata en 1995. |
| Jean Piaget | Moral heterónoma y autónoma; el respeto mutuo y la cooperación entre iguales como motor de la autonomía. | (Piaget, 1932) |
| Lawrence Kohlberg | Estadios del juicio moral; discusión de dilemas; comunidad justa. En Primaria predomina el nivel preconvencional, con acercamiento al convencional al final de la etapa. | (Kohlberg, 1981, 1984); (Power, Higgins y Kohlberg, 1989) |
| Carol Gilligan | Ética del cuidado, como complemento de la ética de la justicia de Kohlberg. | (Gilligan, 1982). Conecta con la competencia específica 4, que habla de «una actitud fundada en el cuidado». |
| Josep M. Puig Rovira | La educación moral como construcción de la personalidad moral, frente a la mera transmisión de normas o la simple clarificación de valores. | (Puig Rovira, 1996) |
| Adela Cortina | Teoría de la ciudadanía en sus distintas dimensiones (política, social, económica, civil, intercultural y cosmopolita). | (Cortina, 1997) |
| Martha C. Nussbaum | Pensamiento crítico, ciudadanía del mundo e imaginación narrativa (ponerse en el lugar del otro) como capacidades que necesita la democracia. | (Nussbaum, 2010) |
4.3.2. Características
- Se imparte en un solo curso, pero se apoya en toda la etapa. Llega cuando el alumnado ya ha vivido asambleas, normas de aula y conflictos. El currículo de 2006 lo explicaba bien: en Conocimiento del Medio y en otras áreas «se han venido trabajando muchos aspectos que son objeto específico de esta nueva área».
- Llega en el momento evolutivo oportuno. Hacia los 10-12 años, de forma aproximada, el alumnado puede adoptar la perspectiva de un tercero (Selman, 1980), razonar sobre normas como acuerdos y empezar a pensar en abstracto sobre conceptos como justicia o dignidad, aunque todavía necesita casos concretos.
- Es deliberativa y dialógica. La competencia específica 1 pide destrezas «argumentativas y dialógicas» y el uso crítico de conceptos éticos como «bien, valor, virtud, norma, deber, derecho, libertad, responsabilidad, autonomía y ciudadanía».
- Es vivencial y se proyecta en el centro. El anexo II pide integrar las actividades del aula en contextos y situaciones de aprendizaje «insertos en la vida del centro y de su entorno». El aula funciona como una pequeña sociedad.
- Integra razón y emoción. La educación emocional no es un añadido: es una competencia específica (la 4) y atraviesa las otras tres.
- Es transversal y tiene perspectiva de género. Igualdad, corresponsabilidad, conducta no sexista y prevención de la violencia de género aparecen en criterios y saberes.
4.4. Propuestas de intervención educativa
4.4.1. Principios metodológicos y estrategias
El anexo II enumera los principios: «la participación activa y razonada, a la interacción respetuosa y cooperativa, a la libre expresión de ideas, al pensamiento crítico y autónomo, a la consideración de las normas y valores comunes, a la mediación y resolución pacífica de los conflictos». Cada uno se traduce en una estrategia:
1. Discusión de dilemas morales. Se plantea un conflicto de valores sin solución evidente, el alumnado toma postura, la argumenta y la contrasta. En la investigación de Blatt y Kohlberg (1975), los alumnos que participaron durante un tiempo en discusiones de dilemas avanzaron en su razonamiento moral más que los grupos de comparación. Claves didácticas: dilemas cercanos (amistad, lealtad, verdad, justicia en el grupo), preguntas que pidan razones («¿por qué?», «¿y si fueras el otro?») y exposición a argumentos un poco más elaborados que los propios.
2. Diálogo filosófico o comunidad de investigación. El programa Filosofía para Niños de Lipman (Lipman, Sharp y Oscanyan, 1980) convierte la clase en una «comunidad de investigación» que, a partir de un relato, formula preguntas, las discute con reglas y busca razones. La Orden EFP/678/2022 recoge la misma idea: tratar el aula como «una entidad orgánica sujeta a las pautas éticas y epistémicas que corresponden a una comunidad de investigación y diálogo». Evidencia: en un ensayo con alumnado de 10-12 años, una hora semanal de diálogo filosófico durante 16 meses produjo mejoras en pruebas de razonamiento verbal, no verbal y cuantitativo frente al grupo de control (Topping y Trickey, 2007).
3. Participación democrática: asambleas y normas consensuadas. Las normas del aula se elaboran, se votan y se revisan; la asamblea semanal trata conflictos y propuestas. Es la aplicación escolar de la «comunidad justa» de Kohlberg (Power, Higgins y Kohlberg, 1989) y del art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Para valorar si la participación es real o decorativa, la escalera de Hart (1992) distingue la manipulación, la decoración y la participación simbólica de las formas genuinas, en las que los niños son informados, consultados o comparten las decisiones. Tonucci (1997) lleva esta participación a la ciudad con los consejos de niños.
4. Aprendizaje cooperativo. Interdependencia positiva, responsabilidad individual, interacción cara a cara, habilidades sociales y evaluación del grupo (Johnson, Johnson y Holubec, 1999). La técnica del rompecabezas (Aronson et al., 1978) nació precisamente para mejorar la convivencia en aulas diversas.
5. Educación emocional y empatía. Identificar, nombrar y regular emociones; reconocer las de los demás. Hoffman (2000) mostró la importancia de la inducción: hacer que el niño se fije en las consecuencias de sus actos para los demás. Los programas escolares de aprendizaje socioemocional bien aplicados mejoran las habilidades sociales y emocionales, la conducta y el rendimiento (Durlak et al., 2011). En España, la referencia es Bisquerra (2000).
6. Resolución de conflictos y mediación. Del conflicto como problema al conflicto como oportunidad educativa: técnicas de escucha activa, mensajes en primera persona, negociación y, en el tercer ciclo, alumnado mediador formado (Torrego, 2000). La prevención del acoso escolar exige conocer sus rasgos, tal como los definió Olweus (1993): conductas negativas intencionadas, repetidas en el tiempo y en una relación de desequilibrio de poder.
7. Proyectos cívicos y de servicio a la comunidad. Pequeños proyectos que salen del aula y responden a una necesidad real (campañas, recogida solidaria, mejora del entorno), en la línea de los contextos y situaciones de aprendizaje «insertos en la vida del centro y de su entorno» que pide el anexo II.
4.4.2. Situaciones de aprendizaje
El anexo III del Real Decreto 157/2022 dice que las situaciones de aprendizaje deben fomentar «aspectos relacionados con el interés común, la sostenibilidad o la convivencia democrática». Una por bloque, para el curso en el que se imparta el área (5.º o 6.º, según tu comunidad):
Bloque A. «¿Qué comparto en la red?» (autoconocimiento y autonomía moral)
- Reto: elaborar una guía de uso responsable de la mensajería y los videojuegos en línea para las familias del centro.
- Pasos: análisis anónimo de situaciones reales (un grupo de mensajería que excluye a alguien, una foto compartida sin permiso); diálogo sobre intimidad, consentimiento y los límites de la libertad de expresión; dilema: «¿reenvías el vídeo gracioso de un compañero?»; redacción de la guía en equipos; presentación a las familias.
- Saberes: «La influencia y el uso crítico y responsable de los medios y las redes de comunicación. La prevención del abuso y el ciberacoso. El respeto a la intimidad. Los límites a la libertad de expresión».
- Criterios: 1.1 (organizar información analógica y digital sobre la identidad y dignidad de las personas), 1.3 (posición moral autónoma ante el uso de redes, las conductas adictivas y el acoso) y 4.1 (gestión de emociones).
Bloque B. «Los derechos también son nuestros» (sociedad, justicia y democracia)
- Reto: revisar las normas del aula y del patio a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño y proponer cambios al claustro o al equipo directivo.
- Pasos: lectura en grupos de artículos adaptados de la Convención (rompecabezas: cada experto lee unos artículos y los explica a su equipo); relación de cada derecho con un deber; detección de situaciones injustas en el patio (reparto del espacio de juego entre niñas y niños, alumnado que se queda solo); asamblea para votar propuestas; carta argumentada al equipo directivo.
- Saberes: «Los derechos humanos y de la infancia y su relevancia ética»; «Las virtudes del diálogo y las normas de la argumentación. La toma democrática de decisiones»; igualdad y conducta no sexista.
- Criterios: 2.1, 2.2 y 2.4.
Bloque C. «Comedor sin desperdicio» (desarrollo sostenible y ética ambiental)
- Reto: reducir el desperdicio de comida del comedor o del almuerzo durante un mes.
- Pasos: medición diaria del desperdicio (con Matemáticas: tablas y gráficos), investigación sobre sus causas, debate ético sobre el deber de no desperdiciar en un mundo con hambre, campaña con carteles y propuesta al servicio de comedor, nueva medición final.
- Saberes: «Hábitos y actividades para el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El consumo responsable»; «Los límites del planeta y el cambio climático».
- Criterios: 3.1 (evaluar alternativas y justificar el deber ético de cuidar la naturaleza) y 3.2 (compromiso activo con el consumo responsable y la gestión de residuos).
4.4.3. Antes del tercer ciclo: la educación en valores en toda la etapa
El tribunal puede preguntarse qué se hace en Primaria antes de que llegue el área. Respuesta normativa: la educación en valores es principio pedagógico de toda la etapa (Real Decreto 157/2022, art. 6.5 y 6.6) y el artículo de tutoría y orientación añade que «se fomentará en la etapa el respeto mutuo y la cooperación entre iguales, con especial atención a la igualdad de género» (art. 13.1). Ejemplos:
- 1.º y 2.º (tutoría): asamblea diaria de cinco minutos, rincón de la calma, normas de aula con pictogramas elaboradas por todos, responsables rotatorios. Trabajo de emociones básicas.
- 3.º y 4.º (Conocimiento del Medio y tutoría): elección de delegados con campaña y programa, «semáforo» para resolver conflictos (parar, pensar, actuar), primeros contactos con los derechos de la infancia (el 20 de noviembre, aniversario de la Convención).
- 5.º y 6.º: el área de Valores Cívicos y Éticos sistematiza y conceptualiza lo vivido; alumnado mediador; preparación de la transición a Secundaria.
4.4.4. Atención a las diferencias y evaluación
- Diseño Universal para el Aprendizaje (Real Decreto 157/2022, art. 5.4; LOE, art. 4.3). La Orden EFP/678/2022 (anexo II) pide en esta área emplear, «además del lenguaje verbal», otros lenguajes «como el gráfico y el audiovisual». En la práctica: dilemas en cómic o en vídeo, posibilidad de expresar la postura con un dibujo o una dramatización, tarjetas de emociones con apoyo visual para alumnado con dificultades de comunicación o con trastorno del espectro autista, roles asignados en los grupos cooperativos.
- Evaluación: global, continua y formativa (art. 14.1). Los criterios del área son «herramientas de diagnóstico y mejora» y atienden «tanto a los procesos como a los productos del aprendizaje» (anexo II).
- Qué se evalúa y qué no: no se evalúan las creencias ni las opiniones del alumno, sino su desempeño: si argumenta con razones, si usa con propiedad los conceptos éticos, si escucha y tiene en cuenta otras posturas, si respeta las normas acordadas y si participa. El criterio 4 de 2006 lo expresaba con mucho sentido común: no se trata de que el alumnado reproduzca «el texto de ninguna norma, sino de que sepan explicar algunos de los derechos y deberes más significativos».
- Instrumentos: rúbrica de argumentación en los debates, escala de observación de la participación en asambleas, diario de aprendizaje, porfolio, autoevaluación y coevaluación del trabajo cooperativo. La Orden EFP/678/2022 recomienda combinar «la heteroevaluación, la coevaluación y la autoevaluación».
Ejemplo de rúbrica (criterio 1.3, deliberación)
| Nivel | Descripción |
|---|---|
| En proceso | Da su opinión sin razones o con razones que solo atienden a premios y castigos («porque te castigan»). |
| Adecuado | Da al menos una razón y menciona cómo afecta a otras personas. |
| Notable | Da varias razones, usa algún concepto ético (justicia, responsabilidad, respeto) y responde a una objeción de un compañero. |
| Excelente | Compara posturas, reconoce lo razonable de la contraria y justifica la suya con un principio (la dignidad, la igualdad de derechos). |
4.5. Contribución del área al desarrollo de las competencias clave
Empieza aclarando el cambio. El título habla de «competencias básicas»: las ocho del anexo I del Real Decreto 1513/2006. Aquel currículo decía que la Educación para la ciudadanía «se relaciona directamente con la competencia social y ciudadana» y que contribuía también a aprender a aprender, a la autonomía e iniciativa personal y a la comunicación lingüística. Hoy trabajamos con las ocho competencias clave del Real Decreto 157/2022 (art. 9), adaptación de la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018.
Dos ideas que debes usar:
- No hay correspondencia exclusiva: «No existe jerarquía entre ellas, ni puede establecerse una correspondencia exclusiva con una única área» (anexo I). No digas que el área «desarrolla la competencia ciudadana»: contribuye a varias, y la competencia ciudadana se desarrolla también en otras áreas.
- El mecanismo: cada competencia específica del área está conectada en el anexo II con unos descriptores del Perfil de salida; evaluando las competencias específicas se valora el grado de adquisición de las competencias clave.
Contribución por competencias (las conexiones con descriptores son las que fija el anexo II; los ejemplos son nuestros):
| Competencia clave | Competencias específicas del área conectadas (anexo II) | Ejemplo de contribución |
|---|---|---|
| Ciudadana (CC) | CE1 (CC1, CC2, CC3), CE2 (CC1, CC2, CC3), CE3 (CC3, CC4), CE4 (CC2, CC3, CC4) | La contribución central: las cuatro competencias específicas la movilizan. El descriptor CC2 describe al alumno que «Participa en actividades comunitarias, en la toma de decisiones y en la resolución de los conflictos de forma dialogada»; el CC3, al que «Reflexiona y dialoga sobre valores y problemas éticos de actualidad». |
| Personal, social y de aprender a aprender (CPSAA) | CE1 (CPSAA4, CPSAA5), CE2 (CPSAA3, CPSAA4), CE3 (CPSAA2), CE4 (CPSAA1, CPSAA2, CPSAA3) | Gestión de emociones, autoestima, empatía, trabajo cooperativo, autoevaluación. |
| Comunicación lingüística (CCL) | CE1 (CCL1, CCL3), CE2 (CCL5), CE3 (CCL2, CCL5), CE4 (CCL1, CCL5) | Diálogo, argumentación, búsqueda de información fiable y, con el descriptor CCL5, prácticas comunicativas «al servicio de la convivencia democrática». |
| Digital (CD) | CE1 (CD4) | Uso seguro y crítico de redes; prevención del ciberacoso; privacidad. |
| STEM | CE3 (STEM1, STEM5) | Análisis de datos sobre problemas ecosociales; acciones para preservar el medio ambiente. |
| Emprendedora (CE) | CE3 (CE1), CE4 (CE3) | Detectar necesidades del entorno y proponer soluciones (campañas, proyectos cívicos). |
| Plurilingüe (CP) | CE2 (CP3) | Respeto a la diversidad lingüística y cultural del entorno como factor de convivencia. |
| Conciencia y expresión culturales (CCEC) | CE2 (CCEC1) | Respeto a otras culturas y a su patrimonio. |
Consejo: en el examen no copies la tabla. Desarrolla la competencia ciudadana con detalle (con dos descriptores literales), después la CPSAA y la lingüística, y menciona las demás con un ejemplo cada una.
Aplicación al aula (6.º, competencia ciudadana y lingüística): «Debate de la clase». Se elige una cuestión del entorno (¿debería prohibirse el uso de balones en una parte del patio?), se investiga con encuestas a otros cursos, se preparan argumentos a favor y en contra, se celebra el debate con turnos y moderador, y la clase vota. Moviliza a la vez CC2, CCL5 y CPSAA3.
4.6. Objetivos, saberes básicos y criterios de evaluación: aspectos más relevantes
4.6.1. Objetivos de etapa y competencias específicas
Objetivos de etapa (Real Decreto 157/2022, art. 7, idénticos a la LOE, art. 17). Los más vinculados son:
- a) «Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas de forma empática, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática». Es el objetivo que da sentido al área: cítalo completo.
- c) resolución pacífica de conflictos y prevención de la violencia.
- d) respeto a las diferentes culturas y a las diferencias entre las personas, igualdad de mujeres y hombres y no discriminación.
- m) capacidades afectivas y actitud contraria a la violencia, los prejuicios y los estereotipos sexistas.
- Además, b) (responsabilidad, sentido crítico), k) (respetar las diferencias), l) (empatía con los animales y su cuidado) y n) (educación vial).
Comparación útil con 2006: el objetivo 3 del área de Educación para la ciudadanía era «Conocer y apreciar los valores y normas de convivencia y aprender a obrar de acuerdo con ellas», casi idéntico al objetivo de etapa a) actual.
Competencias específicas (anexo II). Son cuatro, una por ámbito, y cumplen hoy la función de los antiguos objetivos de área:
| CE | Enunciado (resumen) | Ámbito |
|---|---|---|
| 1 | «Deliberar y argumentar sobre problemas de carácter ético referidos a sí mismo y su entorno», para promover el autoconocimiento y la autonomía moral. | Autoconocimiento y autonomía moral |
| 2 | «Actuar e interactuar de acuerdo con normas y valores cívicos y éticos», para una convivencia democrática, justa, inclusiva, respetuosa y pacífica. | Convivencia y valores democráticos |
| 3 | «Comprender las relaciones sistémicas entre el individuo, la sociedad y la naturaleza», para comprometerse con el cuidado de las personas y el planeta. | Sostenibilidad y ética ambiental |
| 4 | «Desarrollar la autoestima y la empatía con el entorno», identificando, gestionando y expresando emociones. | Educación emocional (transversal) |
Explica su relación: las tres primeras se refieren a la moral personal, la sociedad y la política y la relación con la naturaleza; la cuarta, la educación emocional, recorre las otras tres (así lo explica la Orden EFP/678/2022 en sus orientaciones).
4.6.2. Saberes básicos
Tres bloques, todos en el tercer ciclo:
- A. Autoconocimiento y autonomía moral: pensamiento crítico y ético; identidad, emociones y autoestima; educación afectivo-sexual; juicio moral y valores; proyecto personal; medios y redes, ciberacoso, intimidad y conductas adictivas.
- B. Sociedad, justicia y democracia: diálogo y toma democrática de decisiones; reglas de convivencia, moralidad y legalidad; principios constitucionales; derechos humanos y de la infancia; pobreza y desigualdad; igualdad y prevención de la violencia de género; interculturalidad y migraciones; cultura de paz, instituciones, seguridad integral, protección civil y ONG.
- C. Desarrollo sostenible y ética ambiental: cuidado de los seres vivos y prevención del maltrato animal; interdependencia y ecodependencia; límites del planeta y cambio climático; deber ético y obligación legal de proteger el planeta; consumo responsable, movilidad sostenible y residuos.
Aspectos más relevantes que conviene destacar: el bloque B es el heredero directo de la Educación para la ciudadanía de 2006 (que ya incluía la protección civil, la seguridad y la «defensa como un compromiso cívico y solidario al servicio de la paz»); el bloque A aporta la dimensión ética personal y los riesgos digitales; el bloque C es la gran novedad.
4.6.3. Criterios de evaluación
Once criterios para el tercer ciclo, distribuidos así: tres de la CE1, cinco de la CE2, dos de la CE3 y uno de la CE4. Los más representativos:
- 1.3: «Generar una posición moral autónoma mediante el ejercicio de la deliberación racional, el uso de conceptos éticos y el diálogo respetuoso con otros», en torno a valores y modos de vida y a problemas como el uso de las redes, las conductas adictivas, el abuso y el acoso escolar. Es el criterio de la autonomía moral.
- 2.2: «Interactuar con otros adoptando, de forma motivada y autónoma, conductas cívicas y éticas orientadas por valores comunes, a partir del conocimiento de los derechos humanos y los principios constitucionales fundamentales». Es el criterio de los derechos humanos.
- 2.4: «Contribuir a generar una convivencia respetuosa, no sexista y comprometida con el logro de la igualdad y la corresponsabilidad efectivas», a partir del análisis de la desigualdad histórica entre mujeres y hombres.
- 3.1: «Evaluar diferentes alternativas con que frenar el cambio climático y lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible».
- 4.1: «Gestionar equilibradamente pensamientos, sentimientos y emociones», con estima y cuidado de uno mismo, de los demás y del entorno.
Observa el verbo de cada uno: generar, interactuar, contribuir, evaluar, gestionar. Son desempeños, no contenidos que repetir: por eso se evalúan con observación, debates y productos, y no con un examen de definiciones.
4.7. Relación con otras áreas del currículo
No basta con decir «se relaciona con todas». Vínculos concretos del Real Decreto 157/2022:
| Área | Relación concreta |
|---|---|
| Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural | La más estrecha. Su competencia específica 9 pide «Participar en el entorno y la vida social de forma eficaz y constructiva desde el respeto a los valores democráticos, los derechos humanos y de la infancia y los principios y valores de la Constitución española y la Unión Europea». En el tercer ciclo, los bloques de alfabetización cívica y conciencia ecosocial incluyen los derechos humanos y de la infancia, la cultura de paz, la organización política, la memoria democrática y «El valor social de los impuestos», un contenido que la LOE asigna al área de Valores pero que el anexo II desarrolla en Conocimiento del Medio. |
| Lengua Castellana y Literatura | Competencia específica 10: «Poner las propias prácticas comunicativas al servicio de la convivencia democrática utilizando un lenguaje no discriminatorio». Debate, argumentación, escucha activa y lectura de textos literarios que plantean conflictos morales. |
| Educación Física | Competencia específica 3 (autorregulación e interacción con actitud empática e inclusiva). Criterio 3.2 del tercer ciclo: actuar «desde los parámetros de la deportividad y el juego limpio, reconociendo las actuaciones de compañeros y rivales». El juego es un laboratorio de normas. |
| Educación Artística | Competencia específica 1: descubrir propuestas artísticas de diferentes culturas «para desarrollar la curiosidad y el respeto por la diversidad». Expresión de emociones (CE4 del área de Valores). |
| Matemáticas | Bloque de sentido socioafectivo: en el tercer ciclo, «estrategias para la gestión de conflictos, promoción de conductas empáticas e inclusivas y aceptación de la diversidad presente en el aula y en la sociedad». Además, los datos sostienen los debates (desigualdad, consumo). |
| Lengua Extranjera | Bloque de interculturalidad; en el tercer ciclo, «Estrategias de detección de usos discriminatorios del lenguaje verbal y no verbal». |
| Religión y atención educativa | Distinta naturaleza: Valores Cívicos y Éticos la cursa todo el alumnado; la Religión es voluntaria y la atención educativa no puede adelantar contenidos de ninguna área. |
| Tutoría y plan de convivencia | Asambleas, normas, mediación, plan de igualdad y protocolos frente al acoso (LOE, art. 124; LOPIVI, art. 31 y 35). |
Propuesta interdisciplinar (6.º): «Nuestro presupuesto participativo». La clase dispone de una pequeña cantidad simbólica para mejorar el patio. En Valores Cívicos y Éticos, se debate qué es justo (¿qué necesitan quienes menos usan el patio?) y se decide democráticamente; en Conocimiento del Medio, se estudia cómo se financian los servicios públicos y el valor social de los impuestos; en Matemáticas, se elabora el presupuesto con porcentajes; en Lengua, se redacta y expone la propuesta; en Educación Física, se diseñan juegos inclusivos para el nuevo espacio.
4.8. Conclusión
Ideas para cerrar:
- El área recoge una tradición que la LOE de 2006 ya situaba en un lugar destacado y que la LOMLOE amplía hacia la ética, las emociones y la sostenibilidad.
- Su meta es la autonomía moral: que el alumnado actúe bien porque entiende las razones, no por miedo al castigo.
- Su método es su mensaje: diálogo, participación y cooperación. Una clase autoritaria no puede educar en democracia.
- Termina con una idea de raíz deweyana (Dewey, 1916): la escuela no solo prepara para la democracia; puede y debe practicarla cada día.
5. Tabla resumen: el área por bloques
| Bloque de saberes | Competencia específica principal | Criterios | Estrategia estrella | Relación con otras áreas | Autor de referencia |
|---|---|---|---|---|---|
| A. Autoconocimiento y autonomía moral | CE1 (deliberar y argumentar) y CE4 (emociones) | 1.1, 1.2, 1.3 y 4.1 | Dilemas morales; diálogo filosófico | Lengua (argumentación); Conocimiento del Medio (bienestar digital) | Piaget; Kohlberg; Lipman |
| B. Sociedad, justicia y democracia | CE2 (actuar según normas y valores) | 2.1 a 2.5 | Asambleas y normas consensuadas; aprendizaje cooperativo; mediación | Conocimiento del Medio (alfabetización cívica); Educación Física (juego limpio); Lengua Extranjera (interculturalidad) | Dewey; Kohlberg (comunidad justa); Cortina; Hart |
| C. Desarrollo sostenible y ética ambiental | CE3 (relaciones sistémicas y compromiso ecosocial) | 3.1 y 3.2 | Proyectos cívicos y de servicio | Conocimiento del Medio (conciencia ecosocial); Matemáticas (datos) | UNESCO (ciudadanía mundial) |
| Transversal: educación emocional | CE4 | 4.1 | Educación emocional y empatía | Educación Artística; Educación Física; tutoría | Hoffman; Gilligan; Bisquerra |
6. Errores frecuentes en este tema
- Desarrollar la Educación para la ciudadanía de 2006 como si estuviera vigente. Copiar sus objetivos, bloques y criterios es el error más grave. Puedes citarlos como antecedente, pero el desarrollo debe hacerse con el Real Decreto 157/2022.
- Confundir las tres áreas. Hoy no es «Educación para la ciudadanía» (2006) ni «Valores Sociales y Cívicos» (2014, derogada y alternativa a Religión): es Educación en Valores Cívicos y Éticos, para todo el alumnado, y no tiene nada que ver con la atención educativa de quien no cursa Religión.
- Decir que se imparte en 6.º sin más. La norma estatal dice «en alguno de los cursos del tercer ciclo»; cada comunidad elige (Madrid la sitúa en 5.º y Andalucía en 6.º, por ejemplo).
- Olvidar los derechos humanos. Están en el título; el tribunal los busca. Cita la Declaración Universal, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Constitución, y explica cómo se trabajan en el aula.
- Olvidar el bloque C. La ética ambiental es la principal novedad del área y muchos temas la omiten.
- Moralizar en vez de educar. Un tema lleno de «inculcaremos valores» y «les enseñaremos a ser buenas personas» suena a sermón. El enfoque es deliberativo: razonar, dialogar, decidir y actuar.
- Evaluar opiniones. Se evalúa el desempeño (argumentación, uso de conceptos, participación, respeto de normas), no lo que el alumno piensa sobre una cuestión controvertida.
- Tomar partido en cuestiones controvertidas. El tribunal valorará la madurez profesional de distinguir valores compartidos y cuestiones abiertas (ver 4.3).
- Citar estándares de aprendizaje evaluables o la LOMCE como vigentes, o decir que el área tiene objetivos propios en el currículo actual.
7. Cómo diferenciarse
Ideas con base suficiente para dar valor añadido sin perder rigor:
- La comparación literal del art. 18.3 de la LOE en 2006 y en 2020 (apartado 1), con el paréntesis de la LOMCE: explica en dos citas la evolución del área.
- La disposición adicional sexta de la LOMLOE. La educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial «se tendrá en cuenta en los procesos de formación del profesorado y en el acceso a la función docente». Mencionarlo en una oposición es pertinente y demuestra que conoces la ley más allá del currículo.
- El art. 42 de la Convención sobre los Derechos del Niño. España se comprometió a dar a conocer la Convención «tanto a los adultos como a los niños». El área es el lugar natural para cumplirlo. Y el art. 12 (derecho a opinar) fundamenta las asambleas.
- Evidencia sobre las metodologías del área. Discusión de dilemas (Blatt y Kohlberg, 1975), diálogo filosófico (Topping y Trickey, 2007) y aprendizaje socioemocional (Durlak et al., 2011). Pocas personas fundamentan con investigación un tema de valores.
- La escalera de la participación de Hart (1992). Permite autoevaluar si la participación del alumnado en tu aula es real o decorativa: un recurso muy concreto para la defensa ante el tribunal.
Lo que no recomendamos: cifras de acoso escolar o de violencia sin fuente y año, y frases célebres atribuidas a autores sin comprobar (circulan muchas falsamente atribuidas a Gandhi, a Mandela o a Einstein sobre la educación y la paz).
8. La parte autonómica
En el decreto (u orden) de currículo de tu comunidad busca, para este tema: en qué curso del tercer ciclo se imparte el área y con cuántas horas semanales (la norma estatal solo dice «alguno de los cursos del tercer ciclo»: por ejemplo, Madrid la sitúa en quinto curso, Decreto 61/2022, art. 7.2; Andalucía en sexto, Orden de 30 de mayo de 2023, art. 5.2; Ceuta y Melilla en sexto, Orden EFP/678/2022, art. 9.2); si la comunidad ha añadido competencias, criterios o saberes propios (historia, instituciones y estatuto de autonomía, lengua y cultura propias, efemérides); y sus orientaciones metodológicas para el área, si las tiene. Cita también la normativa autonómica de convivencia y de igualdad (planes de convivencia, protocolos de acoso escolar, coordinación de bienestar), que en este tema encaja de forma natural en las propuestas de intervención.
La norma de currículo de cada comunidad está en la tabla común de normativa autonómica.
9. Bibliografía (APA 7)
Normativa
- Constitución Española. Boletín Oficial del Estado, 311, de 29 de diciembre de 1978. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
- Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Boletín Oficial del Estado, 313, de 31 de diciembre de 1990. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-31312
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 106, de 4 de mayo de 2006. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 340, de 30 de diciembre de 2020. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-17264
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Boletín Oficial del Estado, 134, de 5 de junio de 2021. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347
- Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. Boletín Oficial del Estado, 52, de 2 de marzo de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-3296
- Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Boletín Oficial del Estado, 174, de 21 de julio de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12066
- Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros. Boletín Oficial del Estado, 64, de 15 de marzo de 2007. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-5478
- Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 32, de 7 de febrero de 2012. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-1825
- Decreto de currículo de Educación Primaria de tu comunidad autónoma (ver la tabla común de normativa autonómica).
Normativa histórica (solo para explicar la evolución; no está vigente):
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, texto original. Boletín Oficial del Estado, 106, de 4 de mayo de 2006. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899
- Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. Boletín Oficial del Estado, 293, de 8 de diciembre de 2006. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21409
- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Boletín Oficial del Estado, 295, de 10 de diciembre de 2013. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12886
- Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. Boletín Oficial del Estado, 52, de 1 de marzo de 2014. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-2222
Documentos internacionales:
- Asamblea General de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos (Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948). https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
- Consejo de Europa. (2010). Carta del Consejo de Europa sobre la educación para la ciudadanía democrática y la educación en derechos humanos (Recomendación CM/Rec(2010)7 del Comité de Ministros, de 11 de mayo de 2010). https://rm.coe.int/16804969d9
- Council of Europe. (2018). Reference framework of competences for democratic culture (3 vols.). Council of Europe Publishing. https://www.coe.int/en/web/education/competences-for-democratic-culture
- UNESCO. (2015). Educación para la ciudadanía mundial: temas y objetivos de aprendizaje. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000233876
Obras clásicas
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- Cortina, A. (1997). Ciudadanos del mundo: hacia una teoría de la ciudadanía. Alianza Editorial.
- Delors, J. (Coord.). (1996). La educación encierra un tesoro: informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la educación para el siglo XXI. Santillana / Ediciones UNESCO.
- Dewey, J. (1916). Democracy and education: An introduction to the philosophy of education. Macmillan. Trad. cast. de L. Luzuriaga: Democracia y educación. Morata, 1995.
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- Hart, R. A. (1992). Children’s participation: From tokenism to citizenship (Innocenti Essays n.º 4). UNICEF International Child Development Centre.
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Manuales y obras de didáctica en castellano
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Investigación
- Blatt, M. M. y Kohlberg, L. (1975). The effects of classroom moral discussion upon children’s level of moral judgment. Journal of Moral Education, 4(2), 129-161. https://doi.org/10.1080/0305724750040207
- Durlak, J. A., Weissberg, R. P., Dymnicki, A. B., Taylor, R. D. y Schellinger, K. B. (2011). The impact of enhancing students’ social and emotional learning: A meta-analysis of school-based universal interventions. Child Development, 82(1), 405-432. https://doi.org/10.1111/j.1467-8624.2010.01564.x
- Topping, K. J. y Trickey, S. (2007). Collaborative philosophical enquiry for school children: Cognitive effects at 10-12 years. British Journal of Educational Psychology, 77(2), 271-288. https://doi.org/10.1348/000709906X105328
- Trickey, S. y Topping, K. J. (2004). «Philosophy for children»: A systematic review. Research Papers in Education, 19(3), 365-380. https://doi.org/10.1080/0267152042000248016
Webgrafía
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Legislación consolidada. https://www.boe.es
- CAST. Pautas del Diseño Universal para el Aprendizaje. https://udlguidelines.cast.org
- Consejo de Europa. Competencias para la cultura democrática. https://www.coe.int/en/web/education/competences-for-democratic-culture
10. Fuentes verificadas
Comprobaciones realizadas en octubre de 2026. «Verificado» significa que el dato se ha contrastado en la fuente indicada. Las normas se han cotejado con su texto oficial descargado del BOE.
Temario y su vigencia
| Dato | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Título literal del tema 11 | texto oficial en el BOE |
| Orden ECD/191/2012, art. 1.b) | texto oficial en el BOE |
| Situación de la reforma de temarios | Heredado de la guía del tema 1 (comprobado en octubre de 2026) |
Normativa estatal vigente (citas literales)
| Norma y artículos usados | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Constitución Española, arts. 10.2 y 27.2 | BOE-A-1978-31229 |
| Convención sobre los Derechos del Niño, arts. 12.1, 29.1.b) y 42; BOE n.º 313 de 31/12/1990 | BOE-A-1990-31312 · https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-31312 |
| LOE consolidada: arts. 1.a) y 1.c), 4.3, 17, 18.3, 91.1.g), 124.1 y disposición adicional cuadragésima primera | texto oficial en el BOE |
| LOMLOE: preámbulo y disposición adicional sexta | BOE-A-2020-17264 y BOE-A-2020-17264 |
| LOPIVI: arts. 31.1 y 35 | texto oficial en el BOE |
| Real Decreto 157/2022: arts. 2, 5.4, 6.5, 6.6, 7, 8.2, 9, 13.1, 14.1; disposición adicional primera.3; disposición derogatoria única; anexo I (introducción y descriptores CC, CCL5, CPSAA); anexo II (Valores Cívicos y Éticos completo; Conocimiento del Medio CE9 y saberes del tercer ciclo; Lengua Castellana CE10; Educación Física CE3 y criterio 3.2 del tercer ciclo; Educación Artística CE1; Matemáticas, sentido socioafectivo del tercer ciclo; Lengua Extranjera, interculturalidad del tercer ciclo); anexo III; anexo IV (50 horas en el tercer ciclo) | texto oficial en el BOE |
| Orden EFP/678/2022: art. 9.2 (sexto curso en Ceuta y Melilla) y anexo II, orientaciones metodológicas y para la evaluación del área | BOE-A-2022-12066 |
Normativa histórica
| Norma | Dónde se comprobó |
|---|---|
| LOE original: preámbulo y art. 18.3 (Educación para la ciudadanía y los derechos humanos) | BOE-A-2006-7899 |
| Real Decreto 1513/2006: art. 4.2; anexo I (ocho competencias básicas; competencia social y ciudadana); anexo II (Educación para la ciudadanía: introducción, contribución a las competencias, objetivos, contenidos y criterios); anexo III (50 horas) | BOE-A-2006-21409 |
| LOMCE: Valores Sociales y Cívicos como alternativa a Religión | BOE-A-2013-12886 |
| Real Decreto 126/2014: art. 8.3.b) y anexo II, Valores Sociales y Cívicos (introducción y bloques) | BOE-A-2014-2222 |
| Sentencias del Tribunal Supremo (Pleno de la Sala Tercera) de 11 de febrero de 2009 sobre objeción de conciencia a Educación para la ciudadanía | https://www.iustel.com/v2/revistas/detalle_revista.asp?id_noticia=407784 · https://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4541-el-devenir-judicial-de-la-asignatura-de-educacion-para-la-ciudadania-ii/ (fuentes secundarias; no se ha leído el texto completo en el CENDOJ) |
Normativa autonómica citada en el apartado 8
| Dato | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Madrid: Decreto 61/2022, art. 7.2 (quinto curso) y anexo III (1,5 horas semanales en 5.º) | https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/07/18/BOCM-20220718-1.PDF · el Decreto 59/2024 no modifica este punto: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/06/13/BOCM-20240613-2.PDF |
| Andalucía: Orden de 30 de mayo de 2023, art. 5.2 (sexto curso), BOJA n.º 104, de 2 de junio de 2023 | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/104/39 (cotejado el 02/10/2026; el Decreto 101/2023, art. 8.2, BOJA n.º 90, la sitúa en el tercer ciclo: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/90/2) |
| Ceuta y Melilla: Orden EFP/678/2022, art. 9.2 (sexto curso) | BOE-A-2022-12066 |
Documentos internacionales
| Referencia | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Recomendación (2002)12 del Consejo de Europa (citada en el currículo de 2006) | BOE-A-2006-21409, anexo II |
| Carta del Consejo de Europa, CM/Rec(2010)7, de 11/05/2010 | https://rm.coe.int/16804969d9 |
| Marco de referencia de competencias para la cultura democrática (2018) | https://www.coe.int/en/web/education/competences-for-democratic-culture |
| UNESCO (2015), Educación para la ciudadanía mundial: temas y objetivos de aprendizaje | https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000233876 |
Obras y artículos
Normativa autonómica: el currículo de Primaria de cada comunidad
Tu tema debe citar el decreto (u orden) de currículo de Educación Primaria de tu comunidad autónoma, que desarrolla el Real Decreto 157/2022. Lo recomendable es citarlo en tres sitios: en la introducción (marco normativo), en las implicaciones (por ejemplo, cómo concreta tu comunidad la atención a las diferencias individuales o las situaciones de aprendizaje) y en la bibliografía. Si tu comunidad tiene además normativa propia de inclusión o de convivencia, menciónala en el apartado de atención a la diversidad.
Normas de currículo de Educación Primaria por comunidad autónoma (comprobadas en el diario oficial correspondiente el 2 de octubre de 2026; revísalas antes de tu examen, porque cambian con frecuencia):
| Comunidad | Norma vigente (número, fecha y título orientativo) | Diario oficial | Cambios posteriores que debes conocer | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Andalucía | Decreto 101/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOJA n.º 90, de 15 de mayo de 2023 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 30 de mayo de 2023. | Verificado |
| Aragón | Orden ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Primaria (en Aragón es una orden, no un decreto) | BOA n.º 145, de 27 de julio de 2022 | Modificada por la Orden ECD/866/2024, de 25 de julio (BOA n.º 153, de 7 de agosto de 2024). | Verificado |
| Asturias | Decreto 57/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Primaria | BOPA n.º 156, de 12 de agosto de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Illes Balears | Decret 41/2025, d’1 d’agost, d’ordenació i currículum de l’educació primària | BOIB n.º 103, de 4 de agosto de 2025 | Sustituye al Decret 31/2022. Aplicable a todos los cursos desde 2025-2026. Si tu temario cita el 31/2022, está desactualizado. | Verificado |
| Canarias | Decreto 211/2022, de 10 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BOC n.º 231, de 23 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cantabria | Decreto 66/2022, de 7 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil y de la Educación Primaria | BOC n.º 135, de 13 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla-La Mancha | Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Primaria | DOCM n.º 134, de 14 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla y León | Decreto 38/2022, de 29 de septiembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la educación primaria | BOCYL n.º 190, de 30 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cataluña | Decret 175/2022, de 27 de setembre, d’ordenació dels ensenyaments de l’educació bàsica (regula Primaria, ESO y FP de grado básico) | DOGC n.º 8762, de 29 de septiembre de 2022 | Modificado por el Decret 480/2024, de 17 de desembre (DOGC n.º 9314, de 19 de diciembre de 2024). Una sentencia del TSJ de Cataluña, publicada por la Resolució EDF/3921/2025, anuló algunos preceptos. Cita el texto consolidado. | Verificado |
| Comunitat Valenciana | Decreto 106/2022, de 5 de agosto, del Consell, de ordenación y currículo de la etapa de Educación Primaria | DOGV n.º 9402, de 10 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 96/2026, de 19 de junio (DOGV n.º 10391, de 25 de junio de 2026), aplicable desde el curso 2026-2027 (suprime los proyectos interdisciplinarios, cambia horarios y regula los dispositivos digitales). | Verificado |
| Extremadura | Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | DOE n.º 151, de 5 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 241/2023, de 12 de septiembre (DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023). | Verificado |
| Galicia | Decreto 155/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación primaria | DOG n.º 183, de 26 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 26 de mayo de 2023. | Verificado |
| Comunidad de Madrid | Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOCM n.º 169, de 18 de julio de 2022 | Modificado por el Decreto 59/2024, de 12 de junio (BOCM n.º 140, de 13 de junio de 2024). | Verificado |
| Región de Murcia | Decreto n.º 209/2022, de 17 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BORM n.º 267, de 18 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Navarra | Decreto Foral 67/2022, de 22 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la etapa de Educación Primaria | BON n.º 130, de 1 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| País Vasco | Decreto 77/2023, de 30 de mayo, de establecimiento del currículo de Educación Básica e implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco | BOPV n.º 109, de 9 de junio de 2023 | No se han encontrado. | Verificado |
| La Rioja | Decreto 41/2022, de 13 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria | BOR n.º 135, de 15 de julio de 2022 | Sin modificaciones según el repertorio oficial de normativa de La Rioja. | Verificado |
| Ceuta y Melilla (Ministerio) | Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional | BOE n.º 174, de 21 de julio de 2022 | Corrección de errores (BOE n.º 176, de 23 de julio de 2022) y modificación de sus disposiciones transitorias por la Orden EFP/754/2022. | Verificado |
Hemos verificado el número, la fecha y el diario de cada norma; los títulos son orientativos y pueden no coincidir palabra por palabra con el oficial. Cuando cites la norma en tu tema, copia el título literal del diario oficial (los enlaces están al final de este bloque).
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