Oposiciones de Educación Infantil en Aragón
Convoca el Gobierno de Aragón y la convocatoria sale en el BOA. La estructura del examen es la del Real Decreto 276/2007: un tema escrito (25 en el temario, tres sorteados) y una parte práctica, y después la programación y la unidad didáctica. Lo que cambia en Aragón es la normativa con la que te corrigen.
El supuesto práctico de Infantil en Aragón
El supuesto de Infantil suele describir un aula de 3, 4 o 5 años con una situación a resolver: el periodo de adaptación, un niño con dificultades de lenguaje o de conducta, una propuesta por rincones o proyectos, la colaboración con una familia o la organización de un espacio y un tiempo.
Se valora que la propuesta parta de los principios de la etapa: globalidad, juego como motor de aprendizaje, afectividad y rutinas. Y que se concrete en las tres áreas del segundo ciclo tal como las define el Real Decreto 95/2022 y el decreto de la comunidad.
La evaluación en Infantil es global, continua y formativa, basada en la observación directa y sistemática; un supuesto que hable de exámenes o notas numéricas se cae solo.
En Aragón, la referencia curricular es Orden ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil en Aragón. Cualquier medida de atención a la diversidad se justifica con Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, de respuesta educativa inclusiva y convivencia, modificado por el Decreto 164/2022.
Lo que más resta en Aragón
- Citar el currículo de Primaria en un supuesto de Infantil: la referencia es el decreto de Infantil de la comunidad, que en varias se aprobó después y con otra estructura de áreas.
- Programar por asignaturas encubiertas en vez de por áreas y situaciones de aprendizaje globalizadas, que es como está escrito el currículo de la etapa.
- Describir la jornada sin las rutinas, los rincones ni la entrada y salida, que es donde el tribunal ve si has estado en un aula de tres años.
A eso se suma, en Aragón, citar normativa de otra comunidad o la versión anterior de la de aquí. Es el fallo que más cara sale porque el tribunal lo detecta en la primera línea: la referencia es Orden ECD/853/2022.
Qué mira el tribunal
- Las tres áreas del segundo ciclo con su nombre exacto: Crecimiento en Armonía; Descubrimiento y Exploración del Entorno; Comunicación y Representación de la Realidad.
- El juego, las rutinas y los rincones como estructura real de la propuesta, no como decoración.
- Observación sistemática con instrumentos (registro anecdótico, escalas, diario) como base de la evaluación.
- Periodo de adaptación y relación con las familias tratados con normativa y con medidas concretas.
- Coordinación con el primer ciclo, con Primaria y con los servicios de orientación.
La normativa que tienes que citar en Aragón
Un tribunal en Aragón corrige con estas normas delante. Nombrarlas es el suelo; usar la que sostiene cada decisión, con su artículo, es lo que puntúa.
Normativa estatal
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en la redacción dada por la LOMLOE
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), por la que se modifica la LOE
- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes
- Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil
Normativa propia en Aragón
Convoca el Gobierno de Aragón. Las convocatorias se publican en el BOA.
- Currículo de Primaria Orden ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Primaria en Aragón, modificada por la Orden ECD/866/2024, de 25 de julio
- Currículo de Infantil Orden ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil en Aragón
- Atención a la diversidad Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, de respuesta educativa inclusiva y convivencia, modificado por el Decreto 164/2022
- Organización de centros Orden de 26 de junio de 2014, de instrucciones de organización y funcionamiento de los colegios de Infantil y Primaria
- Ley de educación Ley 8/2012, de 13 de diciembre, de autoridad del profesorado en Aragón
Última convocatoria: Orden ECD/1886/2025, de 17 de diciembre, de convocatoria del Cuerpo de Maestros (BOA de 9 de enero de 2026).
Lo que conviene saber en Aragón
- En Aragón el currículo de Primaria y su evaluación van en una misma orden (ECD/1112/2022, retocada en 2024 sobre todo en los documentos de evaluación), y la inclusión y la convivencia en un mismo decreto (188/2017): dos normas cubren la mayor parte de lo que pide un supuesto.
La normativa cambia: comprueba siempre en el boletín oficial que la norma sigue vigente antes de citarla en el examen. Este listado es el mismo con el que corrige Opositor AI y se revisa con cada convocatoria. Cada norma tiene su ficha con el título oficial completo y el enlace al boletín en el catálogo de normativa .
El temario de Infantil: 25 temas
El temario es estatal y no cambia de una comunidad a otra: en el examen se sortean tres y desarrollas uno. Estos son los 3 primeros.
- 1 Características generales del niño y la niña hasta los seis años. Principales factores que intervienen en su desarrollo. Etapas y momentos más significativos. El desarrollo infantil en el primer año de vida. El papel de los adultos.
- 2 El desarrollo psicomotor en los niños y niñas hasta los seis años. La psicomotricidad en el currículo de la educación infantil. La sensación y percepción como fuente de conocimientos. La organización sensorial y perceptiva. La intervención educativa.
- 3 El desarrollo de la personalidad. El desarrollo afectivo en los niños y niñas de cero a seis años. Aportaciones de distintos autores. La conquista de la autonomía. Directrices para una correcta intervención educativa.
Educación Infantil en otras comunidades
Otras especialidades en Aragón
Preguntas sobre Infantil en Aragón
¿Qué normativa cito en un supuesto de Infantil en Aragón?
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La estatal (LOE modificada por la LOMLOE, el real decreto de enseñanzas mínimas de la etapa y el Real Decreto 276/2007 si hablas del proceso) y la propia en Aragón: el currículo (Orden ECD/853/2022, de 13 de junio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Infantil en Aragón) y la de atención a la diversidad (Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, de respuesta educativa inclusiva y convivencia, modificado por el Decreto 164/2022). Cítalas donde sostienen una decisión, no en bloque al principio.
¿Qué normativa estatal manda en Infantil?
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La LOE modificada por la LOMLOE y el Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, que establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la etapa. Cada comunidad lo desarrolla con su propio decreto de Infantil, que es el que hay que citar en el supuesto.
¿Opositor AI corrige con la normativa en Aragón?
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